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Prensa, Comunicados

Aumento del Arancel Mínimo Ético Consensuado
Por Resolución de Junta de Gobierno Nº 001/15, Acta N°641 a partir del 01 de Marzo de 2015 se fija como arancel ético mínimo consensuado:
* Práctica en Consultorio: $135.
* Práctica Domiciliaria: $200.
*
Práctica Especializada en Consultorio: $250.

Puede imprimir el folleto para su consultorio y demás aquí
 

Inscripción y reinscripción en el Registro Nacional de Prestadores

Se informa que la documentación para el trámite de inscripción y reinscripción en el Registro Nacional de Prestadores en la Superintendencia de Servicios de Salud, deberán ser enviados y serán receptados hasta el día 10.12.2014 para que pueda ser gestionado en el próximo viaje.

Monotributistas y Exentos en IVA: Modificaciones al régimen de emisión de comprobantes

AFIP - CAI

A partir del 01 de noviembre de 2014, los monotributistas que impriman sus facturas tendrán que incluir en ellas el Código de Autorización de Impresión (CAI), según lo establecido en la resolución 3665 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Asimismo quedan incluidos en esta nueva normativa los exentos en IVA, ambos tanto éstos últimos como los monotributistas recomienzan la emisión de sus comprobantes desde el número 00000001.
Hasta ahora, el organismo tributario otorgaba este código a los contribuyentes inscriptos en el IVA en el momento de imprimir las facturas "A" y "B". A partir del primero de noviembre, también lo tendrán que agregar los pequeños contribuyentes en sus comprobantes "C" (para los contribuyentes exentos en el IVA, la fecha de vigencia comienza el 1 de marzo de 2015).
Los talonarios que se encuentran en uso podrán seguir utilizándose hasta fin de año, pero desde enero de 2015 habrá que reemplazarlos por los nuevos comprobantes con el código impreso. En el caso de los exentos podrán usarlos hasta el 30 de abril de 2015. Las facturas que queden en blanco tendrán que inutilizarse colocándose en las mismas la leyenda de "anulado". Para los que necesiten imprimir talonarios en los dos últimos meses del año, la nueva impresión ya deberá cumplir con los nuevos requisitos.
La AFIP de esta manera aumenta así el control sobre los monotributistas. Los clientes que reciban esos comprobantes tendrán que revisar que figuren todos los datos requeridos para poder computar el gasto en el Impuesto a las Ganancias.
Cabe recordar que, continúa en vigencia la norma que obliga a los monotributistas adheridos a partir de la categoría "H" a emitir sus comprobantes bajo el sistema de factura electrónica, quedando exceptuados del sistema electrónico los que emiten sus comprobantes, por ventas de bienes y prestación de servicios, en el propio establecimiento a consumidores finales. Tampoco tienen que usar el sistema "online" los que utilizan equipos controladores fiscales para facturar.
Los datos que deberán tener los comprobantes "C" a partir de noviembre serán:

Datos del emisor
1. Apellido y nombres o razón social.
2. Domicilio comercial.
3. Condición de contribuyente adherido al Monotributo.
4. Clave única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
5. Número de inscripción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, o condición de exento.
6. Fecha de inicio de actividad.

Datos del comprobante
1. Fecha de emisión.
2. Numeración, con los cuatro primeros dígitos del punto de venta (que comienza con 0001) y los ocho siguientes de numeración de los comprobantes
3. Código de autorización de impresión (CAI)
4. Fecha de vencimiento del CAI.
5. Datos de la Imprenta.

Ajuste del valor de la cuota de mantenimiento mensual de matrícula profesional
La Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resolvió adecuar el valor del mantenimiento mensual de matrícula a $135 mensuales a partir del 1 de marzo de 2015 por Resolución N° 002/15 - Acta N° 641.

Ajuste del valor de trámites de matrícula profesional
La Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resolvió adecuar los valores a partir del 1 de marzo de 2015 por Resolución N° 002/15 - Acta N° 641:
Inscripción de matrícula profesional: $1755
Alta de matrícula profesional: $270
Re-matriculación: $432

Ajuste del valor del fondo solidario
La Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resolvió adecuar los valores a partir del 1 de marzo de 2015 por Resolución N° 003/15 - Acta N° 641:
Subsidio por incapacidad transitoria: $3000
Subsidio por nacimiento o adopción: $800
Subsidio por casamiento: $400
Subsidio por fallecimiento: $3000
 

Reglamentación de Habilitación para Piscinas de Hidroterapia
Las habilitaciones para profesionales Kinesiólogos, Fisioterapeutas y Terapistas Físicos que realicen terapias en piscinas quedarán sometidos a la siguiente reglamentación... Lea más por favor

El subsidio por Nacimiento se Abonará a Ambos Padres
Por resolución Nº 003/2013 la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resuelve abonar el subsidio por nacimiento a ambos padres profesionales kinesiólogos dado el caso.

Incremento en el Monto de Préstamos Económicos
Por Resolución Nº 004/2013 a partir del 04/05/2013 la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resuelve incrementar el importe de las ayudas económicas a sus matriculados, estableciéndose en un mínimo de $500 y un máximo de $3000. La tasa nominal anual de interés será del 25% fijo, la cual está por debajo de las enunciadas por las entidades financieras para préstamos personales.

Requisitos para solicitar autorización de publicidad y/o aval de cursos
Por Resolución Nº 005/2013 a partir del 04/05/2013 la Junta de Gobierno del Colegio Profesional de Kinesiólogos y Fisioterapeutas de la Provincia de Córdoba resuelve aprobar el reglamento de requisitos para solicitar la autorización de publicidad de cursos de formación profesional.
Vea el reglamento aquí.

APROSS acordó la NO aplicación de los débitos relacionados a la Resolución Nº 037/13
El viernes 09 de mayo de 2013, el Presidente, Vicepresidente y Vocal de Obras Sociales de nuestra institución se reunieron con los directivos de la obra social para tratar la problemática relacionada a la Resolución Nº 037/13. Reunidos luego con los prestadores de SAID, se dio entrega del Memorándum 041/13, donde se establece la no aplicación de los débitos relacionados a la Resolución Nº 037/13 en los meses noviembre y diciembre de 2012 y enero, febrero, marzo y abril de 2013, como así también se instruye a la Sub Dirección Económica Financiera a reconsiderar los débitos realizados sobre el mes de octubre a los prestadores de SAID, produciendo la devolución y acreditación de los mismos en el menos tiempo posible durante el corriente mes.
Vea el Memorándum aquí.